Las secciones de el Código de Familia 360 y 510 establecen que la persona que a solemnizado el matrimonio puede obtener un duplicado de la licencia de una
licencia publica y el Certificado de matrimonio y una licencia y certificado de matrimonio Confidencial si el certificado es perdido, fue dañado o destruido
después del matrimonio, pero antes del registro, o que se considere inaceptable para el registro por el registrador local (Registrador de Condado o Secretario del Condado).
Un duplicado de la licencia se puede emitir hasta un año desde la fecha de emisión de la licencia original. Si más de un año desde la fecha de
emisión ha pasado, aun deben registrarse por una licencia y Certificado de Declaración de Matrimonio o Certificado de Matrimonio Tribunal de Orden Retrasadas.
A continuación se da un ejemplo de cuando un duplicado de la licencia se puede emitir:
Ejemplo: |
Fecha de cuando la Licencia Pública/Licencia Confidencial fue emitida: |
07/12/2008 |
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Licencia Duplicada puede emitirse a través de: |
07/11/2009 |
Para poder obtener un duplicado de matrimonio, se requiere que el oficiante del matrimonio se presente a comparecer personalmente en nuestra oficina o
llame a nuestra oficina y hable con el representante que le pueda dar instrucciones sobre cómo obtener el duplicado por correo.
Si aparece en nuestra oficina, el oficiante del matrimonio tendrá que traer lo siguiente:
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Licencia original (si no se ha perdido)
-
Identificación valida emitada por el gobierno
- Cuota de $25
Una declaración jurada se imprimira y tendrá que ser firmada en nuestra oficina. El duplicado será imprimido y la única firma original que será requerida es el de
la persona que solemnizo el matrimonio. Sin embargo, si está presente en el momento de la emisión, la pareja y el testigo (s) también pueden firmar el duplicado
de la licencia. Si la pareja y testigo (s) no están presentes, sus nombres se escriben automáticamente en su caja de la firma.
NOTA: El duplicado debe obtener la información exacta que tiene la licencia original que fue emitida.
Si después de los hechos, un error se noto en la licencia original, no se puede corregir en el duplicado de la licencia - en esa situación, tiene que
ser corregido usando un formulario de enmienda.
Licencias De Repuesto
Las disposiciones para un remplazo de una licencia de matrimonio fueron retiradas en AB 1102, Capitulo 816, Estatutos de 2006. Ahora se requiere que la
pareja compre una nueva licencia de matrimonio si la licencia se ha perdido, dañado o destruida antes de que la ceremonia de matrimonio se lleve a cabo.
Tras la compra de una nueva licencia de matrimonio, la primer licencia que fue emitida será invalidara. (Sección del Código de Familia 360 (d)).